En nuestra práctica diaria los despachos de abogados laboralistas nos encontramos, bien sea en la posición de defensa del trabajador o en la posición de defensa de la empresa, ante el despido disciplinario con base en el art 54 del Estatuto de los Trabajadores y especialmente ante el supuesto de transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempaño del trabajo, susceptible de comportar la sanción más grave de despido derivado de la conducta incumplidora del trabajador (los supuestos fácticos son tan variados como la realidad, es decir inabarcables).