El uso de vivienda supone para determinados trabajadores (fincas rústicas, fincas urbanas, técnicos y directivos en desplazamientos internacionales…) una parte de la retribución del trabajo, teniendo la consideración de salario en especie, si bien debemos recordar que no toda percepción en especie que recibe el trabajador es salario, por lo que será necesario diferenciar el salario en especie de las percepciones extrasalariales, que únicamente compensan al trabajador por los gastos derivados de su prestación de servicios.