Planteamiento
Constatamos con más frecuencia de lo deseable, que grandes empresas e incluso medianas empresas, con convenio colectivo propio, contratan masiva e individualmente a trabajadores temporales bajo diferentes modalidades de contratos, mayoritariamente eventuales por circunstancias de la producción. En ningún caso su duración alcanza el año natural, por lo que no generan un derecho completo a sus vacaciones anuales de 30 días (2,5 días por mes trabajado).