Apuntábamos en el anterior artículo que en algún grupo de empresas, en aras a optimizar sus resultados, pueden realizar procedimientos, por supuesto legales, pero siempre que sus consecuencias no sirvan de argumento a fines indebidos con intención de desviar la atención de la realidad.
Desvelábamos entonces una cesión de precios entre empresas del grupo, en un intento de aparentar un declive de actividad de una de las empresas con descenso de ventas y resultados, con apariencia de causa objetiva de despido individual o colectivo